Published by David Rey Jordan
02/07/2012
Sin duda una de las principales trabas que se pondrán (si no se están poniendo ya) para abrir ficheros de datos en poder de las Administraciones Públicas será la siempre recurrente Ley Orgánica de Protección de Datos. En el catálogo de datos abiertos publicado por el Gobierno de Navarra se describen algunos ficheros que contienen datos personales y se establece incluso el nivel de seguridad que deben tener según la LOPD. ¿Cómo se publican estos ficheros de datos? ¿Es necesario anonimizar la información? Y, en su caso, ¿cómo se anonimiza?